Ley General de Sociedades

Primera. Títulos de los artículos de esta ley

Los títulos de los artículos de esta ley son meramente indicativos, por lo que no deben ser tomados en cuenta para la interpretación del texto legal.

Comentario

Disposición de carácter formal que establece que los títulos de los artículos de la Ley General de Sociedades cumplen función organizativa pero carecen de valor normativo. Ordena que la interpretación de la ley debe basarse exclusivamente en el contenido textual de cada artículo, sin recurrir a sus encabezamientos.

Temas: interpretación de leyes, elementos formales de la norma, canon hermenéutico, títulos de artículos, valor normativo