Ley General de Sociedades

Cuarta. Definición de Estados Financieros

Para efectos de la presente ley se entenderá por Estados Financieros,: el balance general y el estado de ganacias y pérdidas.

Comentario

Disposición definitoria que establece el alcance conceptual de «Estados Financieros» en la Ley General de Sociedades, limitándolo a dos documentos específicos: el balance general y el estado de ganancias y pérdidas. Esta delimitación es obligatoria para la interpretación y aplicación de todas las obligaciones contables previstas en la ley.

Temas: estados financieros, balance general, estado de ganancias y pérdidas, información contable, definiciones normativas