Ley General de Sociedades

Artículo 53. Concepto

La constitución simultánea de la sociedad anónima se realiza por los fundadores, al momento de otorgarse la escritura pública que contiene el pacto social y el estatuto, en cuyo acto suscriben íntegramente las acciones.

Comentario

Define la constitución simultánea de la sociedad anónima como el acto único en que los fundadores, ante notario, suscriben íntegramente el capital social mediante escritura pública que contiene el pacto social y el estatuto. Establece el momento y la forma perfeccionadora de este modo de constitución.

Temas: constitución simultánea de sociedad anónima, suscripción íntegra de capital, escritura pública fundacional, pacto social y estatuto, acto constitutivo, perfeccionamiento de la sociedad mercantil