Artículo 386. Cambio en la responsabilidad de los socios
Es aplicable a la escisión que origine cambios en la responsabilidad de los socios o accionistas de las sociedades participantes lo dispuesto en el artículo 334.
Comentario
El artículo 386 establece que cuando la escisión de sociedades genera alteraciones en el régimen de responsabilidad de los socios o accionistas, resultan aplicables las normas del artículo 334 relativas a tales cambios. Se trata de una remisión normativa que extiende los requisitos y protecciones procedimentales ya regulados para fusiones a las operaciones de escisión.
Temas: escisión de sociedades, cambio de responsabilidad, reorganización, derechos de los socios, protección accionaria