Ley General de Inspección del Trabajo

Artículo 43. Normativa aplicable

El procedimiento sancionador se encuentra regulado por las disposiciones contempladas en el presente capítulo y las que disponga el Reglamento. En lo demás no contemplado, es de aplicación la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Comentario

El artículo 43 establece la fuente normativa del procedimiento sancionador en materia laboral e inspectiva: las disposiciones del Capítulo IV de la Ley N° 28806, su reglamento, y supletoriamente la Ley N° 27444. Determina así el marco regulatorio aplicable a toda actuación sancionadora de la autoridad de trabajo.

Temas: procedimiento sancionador administrativo, fuente normativa supletoria, competencia inspectiva laboral, garantías del debido proceso, especialidad normativa, integración de regímenes jurídicos