Artículo 76. Definición y finalidad
La Dirección Regional de Educación es un órgano especializado del Gobierno Regional responsable del servicio educativo en el ámbito de su respectiva circunscripción territorial. Tiene relación técnico-normativa con el Ministerio de Educación.
La finalidad de la Dirección Regional de Educación es promover la educación, la cultura, el deporte, la recreación, la ciencia y la tecnología. Asegura los servicios educativos y los programas de atención integral con calidad y equidad en su ámbito jurisdiccional, para lo cual coordina con las Unidades de Gestión Educativa Local y convoca la participación de los diferentes actores sociales.
Comentario
El artículo define la Dirección Regional de Educación como órgano especializado del Gobierno Regional encargado de la prestación del servicio educativo en su ámbito territorial, con subordinación técnico-normativa al Ministerio de Educación. Su finalidad es promover educación, cultura, deporte, recreación, ciencia y tecnología, asegurando servicios con calidad y equidad mediante coordinación con instancias locales y participación social.
Temas: descentralización educativa, gobierno regional, coordinación técnico-normativa, gestión territorial de educación, participación social en educación, unidad del sistema educativo nacional