Artículo 66. Definición y finalidad
La Institución Educativa, como comunidad de aprendizaje, es la primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado. En ella tiene lugar la prestación del servicio. Puede ser pública o privada.
Es finalidad de la Institución Educativa el logro de los aprendizajes y la formación integral de sus estudiantes. El Proyecto Educativo Institucional orienta su gestión y tiene un enfoque inclusivo.
La Institución Educativa, como ámbito físico y social, establece vínculos con los diferentes organismos de su entorno y pone a disposición sus instalaciones para el desarrollo de actividades extracurriculares y comunitarias, preservando los fines y objetivos educativos, así como las funciones específicas del local institucional.
Los programas educativos se rigen por lo establecido en este capítulo en lo que les corresponde.
Comentario
El artículo define la Institución Educativa como comunidad de aprendizaje y primera instancia de gestión del sistema educativo descentralizado, estableciendo que su finalidad es lograr aprendizajes e integración de estudiantes conforme a un Proyecto Educativo Institucional con enfoque inclusivo. Puede adoptar naturaleza pública o privada y actúa como núcleo de vinculación con el entorno social.
Temas: institución educativa como instancia de gestión, comunidad de aprendizaje, proyecto educativo institucional, descentralización educativa, enfoque inclusivo, vinculación comunitaria