Ley General de Educación

Artículo 29. Etapas del Sistema Educativo

El Sistema Educativo comprende las siguientes etapas:

a) Educación Básica

La Educación Básica está destinada a favorecer el desarrollo integral del estudiante, el despliegue de sus potencialidades y el desarrollo de capacidades, conocimientos, actitudes y valores fundamentales que la persona debe poseer para actuar adecuada y eficazmente en los diversos ámbitos de la sociedad.

Con un carácter inclusivo atiende las demandas de personas con necesidades educativas especiales o con dificultades de aprendizaje.

b) Educación Superior

La Educación Superior está destinada a la investigación, creación y difusión de conocimientos; a la proyección a la comunidad; al logro de competencias profesionales de alto nivel, de acuerdo con la demanda y la necesidad del desarrollo sostenible del país.

Comentario

El artículo 29 divide el Sistema Educativo en dos etapas: Educación Básica y Educación Superior. Define la finalidad y características de cada una: la primera orientada al desarrollo integral y potencialidades del estudiante con carácter inclusivo; la segunda enfocada en investigación, creación de conocimiento y formación profesional de alto nivel.

Temas: estructura del sistema educativo, educación básica integral, educación superior investigativa, inclusión educativa, competencias profesionales, desarrollo sostenible