Ley General de Aduanas

Artículo 19. Obligaciones generales de los despachadores de aduana

Son obligaciones de los despachadores de aduana:

a) Desempeñar personal y habitualmente las funciones propias de su cargo, sin perjuicio de la facultad de hacerse representar por su apoderado debidamente acreditado;

b) Verificar los datos de identificación del dueño o consignatario o consignante de la mercancía o de su representante, que va a ser despachada, conforme a lo que establece la Administración Aduanera;

c) Destinar la mercancía al régimen, tipo de despacho o modalidad del régimen que corresponda;

d) Destinar la mercancía con los documentos exigibles según el régimen aduanero, de acuerdo con la normatividad vigente;

e) No destinar mercancía de importación prohibida;

f) Destinar la mercancía restringida con la documentación exigida por las normas específicas para cada mercancía, así como comprobar la expedición del documento definitivo, cuando se hubiere efectuado el trámite con documento provisional, comunicando a la autoridad aduanera su emisión o denegatoria de su expedición en la forma y plazo establecidos por el Reglamento; exceptuándose su presentación inicial en aquellos casos que por normatividad especial la referida documentación se obtenga luego de numerada la declaración;

g) Que el titular, el representante legal, los socios o gerentes de la empresa no hayan sido condenados con sentencia firme por delitos dolosos;

h) Otras que se establezcan en el Reglamento.

Comentario

El artículo 19 de la Ley General de Aduanas establece un conjunto de obligaciones que los despachadores de aduana deben cumplir en el ejercicio de sus funciones. Estas obligaciones abarcan desde el desempeño personal del cargo, la verificación de identidades, la correcta clasificación aduanera de mercancías, hasta el cumplimiento de requisitos documentarios y restricciones legales, configurando un régimen de responsabilidad operacional del despachante en el tráfico aduanero.

Temas: despachador de aduana, obligaciones aduaneras, destinación de mercancía, régimen aduanero, responsabilidad de intermediarios aduanales, despacho aduanero