Artículo 8. Obligaciones del empleador
8.1 El empleador tiene las mismas obligaciones que las establecidas para los trabajadores o servidores civiles que laboran bajo la modalidad presencial, de acuerdo al tipo de régimen laboral al que pertenezca cada teletrabajador.
8.2 Comunicar al trabajador o servidor civil o teletrabajador la voluntad, debidamente motivada y con la anticipación correspondiente, de pactar un cambio en el modo de la prestación de labores, a teletrabajo o presencial, mediante cualquier soporte físico o digital que permita dejar constancia de ello.
8.3 Evaluar de forma objetiva la solicitud de cambio en el modo de la prestación de labores que presente el trabajador o servidor civil o teletrabajador para optar por el teletrabajo o retornar a labores presenciales.
8.4 A entregar las siguientes condiciones de trabajo: equipos y el servicio de acceso a internet o asignar las compensaciones económicas por la provisión de estos al teletrabajador, además de la compensación del consumo de energía eléctrica, de acuerdo a las disposiciones previstas en el Capítulo IV.
8.5 A respetar la desconexión digital del teletrabajador.
8.6 Notificar al teletrabajador sobre los mecanismos de comunicación laboral y las medidas, condiciones y recomendaciones de seguridad y salud en el teletrabajo que deben observarse durante su jornada laboral.
8.7 Capacitar al teletrabajador en el uso de aplicativos informáticos, en seguridad de la información y en seguridad y salud en el teletrabajo.
8.8 El reglamento regula las obligaciones que asume el empleador.
Comentario
El artículo 8 de la Ley del Teletrabajo enumera las obligaciones específicas del empleador en la modalidad de teletrabajo, que comprenden desde el cumplimiento de obligaciones laborales generales hasta la provisión de equipos, compensaciones económicas, respeto a la desconexión digital y capacitación. Estas obligaciones tienen por efecto garantizar que el teletrabajador disponga de condiciones de trabajo adecuadas y protección de derechos fundamentales.
Temas: obligaciones del empleador, condiciones de trabajo en teletrabajo, desconexión digital, cambio de modalidad laboral, provisión de equipos e infraestructura, seguridad y salud ocupacional