Artículo 140. Definición
El Consejo del Notariado es el órgano del Ministerio de Justicia que ejerce la supervisión del notariado.
Comentario
El Consejo del Notariado es la entidad estatal adscrita al Ministerio de Justicia que desempeña funciones de supervisión sobre el ejercicio profesional notarial. Esta disposición establece su naturaleza institucional y su ámbito de competencia funcional dentro de la estructura de vigilancia del notariado.
Temas: órgano de supervisión estatal, notariado, ministerio de justicia, control administrativo, fe pública, organización profesional