Artículo 137. El Consejo Directivo
El Consejo Directivo estará compuesto por un presidente, tres vicepresidentes, elegidos entre los decanos del Norte, Centro y Sur de la república, un secretario y un tesorero. La presidencia del Consejo Directivo recae en el Decano del Colegio de Notarios con mayor número de agremiados
Comentario
El artículo regula la composición y estructura del Consejo Directivo de la Junta de Decanos de los Colegios de Notarios del Perú. Establece que estará integrado por un presidente, tres vicepresidentes (elegidos por región), un secretario y un tesorero. La presidencia corresponde al decano del colegio con mayor número de asociados.
Temas: organización colegial notarial, representación territorial, órganos directivos, estructura administrativa del notariado, autonomía profesional