Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones

Artículo 8

La estructura orgánica del Jurado Nacional de Elecciones es la siguiente:

a.)Organos Permanentes:

Alta Dirección:

Pleno del Jurado Nacional de Elecciones

Secretaria General.

Organo de Control:

Oficina de Control Interno y Auditoría.

Organos de Asesoramiento y de Apoyo.

b.)Organos Temporales:

Jurados Electorales Especiales

Comentario

El artículo 8 establece la estructura orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, dividiéndola en órganos permanentes (Alta Dirección, órgano de control y órganos de asesoramiento) y órganos temporales (Jurados Electorales Especiales). Esta clasificación determina la distribución de competencias y funciones en la institución electoral.

Temas: estructura orgánica institucional, órganos permanentes y temporales, organización administrativa electoral, competencias institucionales, gobernanza de autoridades electorales