Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones
Artículo 8
La estructura orgánica del Jurado Nacional de Elecciones es la siguiente:
a.)Organos Permanentes:
Alta Dirección:
Pleno del Jurado Nacional de Elecciones
Secretaria General.
Organo de Control:
Oficina de Control Interno y Auditoría.
Organos de Asesoramiento y de Apoyo.
b.)Organos Temporales:
Jurados Electorales Especiales
Comentario
El artículo 8 establece la estructura orgánica del Jurado Nacional de Elecciones, dividiéndola en órganos permanentes (Alta Dirección, órgano de control y órganos de asesoramiento) y órganos temporales (Jurados Electorales Especiales). Esta clasificación determina la distribución de competencias y funciones en la institución electoral.
Temas: estructura orgánica institucional, órganos permanentes y temporales, organización administrativa electoral, competencias institucionales, gobernanza de autoridades electorales