Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones
Artículo 30
El desarrollo de las funciones, composición, designación de sus miembros y relaciones de los órganos que integran el Jurado Nacional de Elecciones son delimitados en el Reglamento de Organización y Funciones.
Comentario
El artículo 30 establece que la estructura interna, funcionamiento operativo, integración personal y relaciones interorgánicas del Jurado Nacional de Elecciones se rigen por su Reglamento de Organización y Funciones. Constituye una cláusula de remisión normativa que habilita el desarrollo reglamentario de los órganos descritos en el Título III.
Temas: remisión normativa, reglamento de organización y funciones, estructura orgánica, autonomía institucional, jerarquía de normas, organismo electoral