Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones
Artículo 28
La Oficina de Control Interno y Auditoría estará a cargo de fiscalizar la gestión administrativa de los funcionarios del Jurado Nacional de Elecciones y supervigilar el desempeño administrativo para asegurar el estricto cumplimiento de la normatividad vigente.
Comentario
El artículo 28 establece la Oficina de Control Interno y Auditoría como órgano de fiscalización interna del Jurado Nacional de Elecciones. Su función es supervisar la gestión administrativa de los funcionarios y verificar el cumplimiento de la normatividad vigente.
Temas: control interno, auditoría administrativa, fiscalización de funcionarios, cumplimiento normativo, órganos electorales, responsabilidad administrativa