Ley del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF)
Artículo 1. Referencias
Para efecto de la presente Ley, cuando se mencionen capítulos o artículos sin indicar la norma legal a la que corresponden, se entenderán referidos a la presente Ley, y cuando se señalen incisos o numerales sin precisar el artículo al que pertenecen, se entenderá que corresponden al artículo en el que están ubicados.
Comentario
Artículo de técnica legislativa que establece la regla de interpretación para las referencias internas dentro de la Ley del ITF. Determina que toda mención a capítulos o artículos sin indicación de norma se entiende referida a la presente Ley, y que incisos o numerales sin especificación corresponden al artículo en que están ubicados.
Temas: técnica legislativa, remisiones normativas, reglas de interpretación, referencias internas, presunciones hermenéuticas