Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN)

Artículo 2. Sujetos del Impuesto

Son sujetos del Impuesto, en calidad de contribuyentes, los generadores de renta de tercera categoría sujetos al régimen general del Impuesto a la Renta, incluyendo las sucursales, agencias y demás establecimientos permanentes en el país de empresas unipersonales, sociedades y entidades de cualquier naturaleza constituidas en el exterior.

Comentario

El artículo define el ámbito subjetivo del Impuesto Temporal a los Activos Netos, identificando como contribuyentes a los generadores de renta de tercera categoría bajo régimen general del Impuesto a la Renta, así como a los establecimientos permanentes en el país de entidades extranjeras. Con esta delimitación se establece quién está obligado al cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de este impuesto temporal.

Temas: sujeto pasivo del impuesto, generador de renta de tercera categoría, régimen general del impuesto a la renta, establecimiento permanente, sucursales y agencias extranjeras, capacidad contributiva