Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (TUO)
Segunda
Las entidades del Estado que cuenten con procedimientos aprobados referidos al acceso a la información, deberán adecuarlos a lo señalado en la presente Ley.
(Texto según la sección de las Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales de la Ley Nº 27806)
Comentario
Disposición transitoria que impone a las entidades estatales el deber de adecuar sus procedimientos internos de acceso a la información a los estándares establecidos en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Genera una obligación de conformidad normativa dentro de un plazo razonable implícito.
Temas: adecuación normativa, transición legal, acceso a información pública, procedimientos administrativos, conformidad de entidades públicas