Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (TUO)

Artículo 23. Objeto

Este título tiene como objeto fundamental otorgar mayor transparencia al manejo de las Finanzas Públicas, a través de la creación de mecanismos para acceder a la información de carácter fiscal, a fin de que los ciudadanos puedan ejercer supervisión sobre las Finanzas Públicas y permitir una adecuada rendición de cuentas.

El presente título utiliza los términos que se señala a continuación:

a) Información de finanzas públicas: aquella información referida a materia presupuestaria, financiera y contable del Sector Público.

b) Gasto Tributario: se refiere a las exenciones de la base tributaria, deducciones autorizadas de la renta bruta, créditos fiscales deducidos de los impuestos por pagar, deducciones de las tasas impositivas e impuestos diferidos.

c) Gobierno General y Sector Público Consolidado: Se utilizarán las definiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero.

(Texto según el artículo 20 de la Ley Nº 27806)

Comentario

El artículo 23 establece el objeto del Título IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública: promover la transparencia en el manejo de las finanzas públicas mediante mecanismos de acceso a información fiscal, contable y presupuestaria. Define asimismo los términos técnicos (información de finanzas públicas, gasto tributario, gobierno general y sector público consolidado) que regirán la aplicación de esta sección normativa.

Temas: transparencia fiscal, finanzas públicas, acceso a información, gasto tributario, rendición de cuentas, información presupuestaria