Ley de Recursos Hídricos

Undécima. Responsabilidad social

Los beneficiarios del agua, agrupados en empresas y asociaciones, en el marco de la responsabilidad social de la empresa, elaboran proyectos para el establecimiento de programas de forestación, mejora de riego, mejora de semillas y otros, a fin de mantener el equilibrio ecológico.

Comentario

La Disposición Complementaria Final Undécima impone a los beneficiarios del agua organizados en empresas y asociaciones la obligación de elaborar proyectos de responsabilidad social empresarial destinados a programas de forestación, mejora de riego, mejora de semillas y otros, orientados a la conservación del equilibrio ecológico.

Temas: responsabilidad social empresarial, beneficiarios del agua, equilibrio ecológico, forestación, obligaciones ambientales, usuarios agrupados