Ley de Recursos Hídricos

Cuarta. Otras entidades que forman parte del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos

Forman parte del Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos los proyectos especiales; los proyectos especiales hidráulicos e hidroenergéticos regionales, nacionales y binacionales; las autoridades ambientales competentes; las entidades prestadoras de servicios de saneamiento; el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología; y la Autoridad Marítima del Perú. Estas entidades deben articular sus acciones conforme a las normas de la presente Ley y del Reglamento.

Comentario

Disposición que identifica las entidades públicas que integran el Sistema Nacional de Gestión de los Recursos Hídricos, más allá de la Autoridad Nacional del Agua. Establece que estos organismos (proyectos especiales, autoridades ambientales, prestadores de saneamiento, SENAMHI y Autoridad Marítima) deben coordinarse según la Ley y su reglamento.

Temas: sistema nacional de gestión de recursos hídricos, coordinación interinstitucional, competencias administrativas en agua, proyectos especiales hidráulicos, integralidad en gestión hídrica, articulación normativa