Artículo 98. Demarcación de las cuencas hidrográficas
La Autoridad Nacional aprueba la demarcación territorial de las cuencas hidrográficas.
Comentario
El artículo asigna a la Autoridad Nacional la competencia exclusiva de aprobar la demarcación territorial de las cuencas hidrográficas. Se trata de una atribución de naturaleza constitutiva que define los límites geográficos de las áreas de gestión hídrica a nivel nacional.
Temas: cuencas hidrográficas, demarcación territorial, autoridad nacional de aguas, planificación hídrica, gestión de recursos hídricos, competencia administrativa