Ley de Recursos Hídricos

Artículo 35. Clases de usos de agua y orden de prioridad

La Ley reconoce las siguientes clases de uso de agua:

1. Uso primario.

2. Uso poblacional.

3. Uso productivo.

La prioridad para el otorgamiento y el ejercicio de los usos anteriormente señalados sigue el orden en que han sido enunciados.

Comentario

Establece las categorías de usos del agua conforme a su destinación y fija un orden jerárquico de prioridad en el otorgamiento y ejercicio de tales usos. El artículo constituye el marco clasificatorio fundamental para la asignación de recursos hídricos en el Perú.

Temas: clasificación de usos de agua, orden de prioridad de usos hídricos, derechos de agua, competencia por recursos hídricos, uso primario, poblacional y productivo, asignación de agua