Ley de Productividad y Competitividad Laboral (TUO del D.Leg. 728)
Artículo 84
El empleador está obligado a proporcionar al trabajador capacitación en el trabajo a fin de que este pueda mejorar su productividad y sus ingresos.
Comentario
El artículo 84 impone al empleador la obligación legal de proporcionar capacitación laboral al trabajador para mejorar su productividad e ingresos. Esta disposición establece una obligación de tracto sucesivo que vincula la actividad formativa con beneficios económicos y profesionales del trabajador.
Temas: capacitación laboral, obligaciones del empleador, productividad, desarrollo de competencias, ingresos del trabajador