Ley de los Delitos Aduaneros

Primera. Tratados Internacionales

Esta Ley será aplicable en todo aquello que no se oponga a los Tratados Internacionales ratificados por el Perú.

Comentario

Establece que la Ley de Delitos Aduaneros se aplica de manera subordinada a los tratados internacionales ratificados por el Perú. En caso de conflicto normativo, prevalecen las obligaciones asumidas en tratados sobre las disposiciones de la ley interna, conforme al principio de supremacía del derecho internacional convencional.

Temas: supremacía del derecho internacional convencional, conflicto de normas, tratados ratificados, jerarquía normativa, delitos aduaneros