Ley Orgánica de Gobiernos Regionales

Artículo 73-A. Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDE)

El Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDE), administrado por el Consejo Nacional de Descentralización, obtiene sus recursos del 30% de los fondos captados por el proceso de privatización, concesiones y otras modalidades contractuales vinculadas a la administración de activos de alcance nacional propiedad del Estado. Asimismo, podrá recibir fondos provenientes de cooperación no reembolsable y operaciones de endeudamiento que para tal fin concrete el Gobierno Nacional. Los recursos de este fondo fomentarán el desarrollo regional, la integración de las regiones y la realización de proyectos que involucren a varios niveles de gobierno.

El FIDE es un fondo sostenible y concursable destinado exclusivamente al financiamiento y cofinanciamiento de proyectos.

Los criterios para el concurso se establecen en una normativa elaborada por el Consejo Nacional de Descentralización.

Comentario

El artículo 73-A crea el Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDE), administrado por el Consejo Nacional de Descentralización, como mecanismo de financiamiento concursable destinado a gobiernos regionales. Se financia con el 30% de ingresos por privatizaciones, concesiones y contratos sobre activos nacionales, más cooperación y endeudamiento nacional, para promover desarrollo regional integrado e intergubernamental.

Temas: fondo de financiamiento regional, descentralización fiscal, redistribución de ingresos estatales, concurso de proyectos territoriales, cooperación intergubernamental