Ley Orgánica de Gobiernos Regionales

Artículo 5. Misión del Gobierno Regional

La misión de los gobiernos regionales es organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.

Comentario

El artículo 5 define la misión institucional de los gobiernos regionales como la organización y conducción de la gestión pública regional conforme a sus competencias (exclusivas, compartidas y delegadas), dentro del marco de las políticas nacionales y sectoriales. Esta disposición establece el propósito funcional del gobierno regional: contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región.

Temas: misión institucional, competencias regionales, descentralización, gestión pública regional, coordinación interadministrativa, desarrollo sostenible