Ley Orgánica de Gobiernos Regionales

Artículo 29-A. Funciones específicas sectoriales de las gerencias regionales

Le corresponden a las Gerencias Regionales las funciones que se señalan a continuación, además de las establecidas expresamente por Ley:

1.Gerencia de Desarrollo Económico.- Le corresponde ejercer las funciones específicas regionales en los sectores industria, comercio, turismo, artesanía, pesquería, minería, energía e hidrocarburos y agricultura.

2.Gerencia de Desarrollo Social.- Le corresponde ejercer las funciones específicas regionales de educación, cultura, ciencia y tecnología, recreación, deportes, salud, vivienda, trabajo, promoción del empleo, pequeña y microempresa, población, saneamiento, desarrollo social e igualdad de oportunidades.

3.Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorrial.- Le corresponde ejercer las funciones específicas sectoriales en materia de planificación estratégica prospectiva, inversiones, presupuesto, tributación y ordenamiento territorial, administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado.

4. Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente.- Le corresponde atender las funciones específicas sectoriales en materia de áreas protegidas y medio ambiente.

5.Gerencia de Infraestructura.- Le corresponde ejercer las funciones específicas sectoriales en materia de vialidad, transportes, comunicaciones, telecomunicaciones y construcción y demás funciones establecidas por Ley.

6. Gerencia de Gestión del Riesgo de Desastres.- Le corresponde ejercer las funciones regionales en materia de defensa civil, así como organizar, supervisar, fiscalizar y ejecutar, en el ámbito de su competencia, los procesos de la gestión del riesgo de desastres, en el marco de la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en coordinación con el Grupo de Trabajo de la Gestión del Riesgo de Desastres y los lineamientos del ente rector del Sistema

Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres.

Comentario

El artículo 29-A enumera las seis gerencias regionales especializadas y detalla las funciones sectoriales que le corresponden a cada una. Establece la estructura funcional de la administración regional mediante la asignación de competencias específicas en materia económica, social, territorial, ambiental, infraestructural y de gestión de riesgos.

Temas: estructura administrativa regional, competencias sectoriales, distribución de funciones gerenciales, gobiernos regionales, especialización funcional, acondicionamiento territorial