Artículo 6. Gobierno Digital
6.1. El gobierno digital es el uso estratégico de las tecnologías digitales y datos en la Administración Pública para la creación de valor público. Se sustenta en un ecosistema compuesto por actores del sector público, ciudadanos y otros interesados, quienes apoyan en la implementación de iniciativas y acciones de diseño, creación de servicios digitales y contenidos, asegurando el pleno respeto de los derechos de los ciudadanos y personas en general en el entorno digital.
6.2. Comprende el conjunto de principios, políticas, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos utilizados por las entidades de la Administración Pública en la gobernanza, gestión e implementación de tecnologías digitales para la digitalización de procesos, datos, contenidos y servicios digitales de valor para los ciudadanos.
Comentario
El artículo define gobierno digital como el uso estratégico de tecnologías e información por la Administración Pública para generar valor público, operando dentro de un ecosistema de actores públicos y ciudadanos. Comprende el conjunto de principios, políticas, normas y procedimientos que orientan la digitalización de procesos, datos, contenidos y servicios.
Temas: transformación digital de la administración pública, servicios digitales, ecosistema de actores públicos y ciudadanos, gobernanza digital, valor público, derechos en entorno digital