Ley de Gobierno Digital

Artículo 11. Marco de Identidad Digital del Estado Peruano

El Marco de Identidad Digital del Estado Peruano está constituido por lineamientos, especificaciones, guías, directivas, estándares e infraestructura de tecnologías digitales, que permiten de manera efectiva la identificación y autenticación de los ciudadanos y personas en general cuando acceden a los servicios digitales.

Comentario

El artículo 11 define el Marco de Identidad Digital como el conjunto de herramientas normativas, técnicas e infraestructurales que el Estado establece para garantizar la identificación y autenticación segura de ciudadanos en servicios digitales. Constituye el fundamento del sistema de identidad digital estatal, integrando estándares, directivas y recursos tecnológicos.

Temas: identidad digital, autenticación digital, seguridad en servicios públicos digitales, estándares técnicos del estado, infraestructura tecnológica pública, acceso a servicios digitales