Ley Orgánica de Elecciones

Artículo 223-C. Mesa de sufragio digital

La mesa de sufragio digital agrupa a los electores que han optado por emplear dicha alternativa, para lo cual la ONPE constituye las mesas de sufragio digital que considere necesarias.

La mesa de sufragio digital está compuesta por nueve miembros titulares y nueve suplentes, quienes desempeñan las funciones de presidente de mesa, secretario y tercer miembro. La designación se realiza por sorteo entre una lista de setenta y cinco ciudadanos que registren grado de instrucción superior ante el RENIEC del distrito donde se instala la mesa de sufragio digital. El cargo de miembro de mesa de sufragio digital es irrenunciable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo

58, y le son aplicables los beneficios establecidos en el artículo 55.

En las mesas de sufragio digital, los miembros titulares desempeñan su función por, al menos, ocho horas durante el periodo de votación correspondiente a los husos horarios dispuestos. Luego de culminado su turno, son reemplazados por los otros miembros titulares, y en caso de ausencia o impedimento sobreviniente a su designación, son sustituidos por los miembros suplentes.

La designación de los miembros de mesa de sufragio digital por la ONPE se realiza hasta antes de los setenta días previos a la fecha de la elección, siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 59, 60, 61,

62, 63 y 64, en lo pertinente.

La ONPE dispone el lugar de funcionamiento de las mesas de sufragio digital, siendo de aplicación lo dispuesto en los artículos 66 y 67, en lo pertinente.

Comentario

Regula la composición, designación y funcionamiento de las mesas de sufragio digital como agrupaciones de electores que ejercen el voto por medios digitales. Establece que estas mesas están conformadas por dieciocho miembros (nueve titulares y nueve suplentes) seleccionados por sorteo entre ciudadanos con educación superior, designados por la ONPE con setenta días de anticipación a la elección.

Temas: voto digital, mesa electoral, designación de miembros de mesa, sufragio electrónico, proceso electoral, sorteo de electores