Ley Orgánica de Elecciones

Artículo 172

El Acta Electoral es el documento donde se registran los hechos y actos que se producen en cada Mesa de Sufragio, desde el momento de su instalación hasta su cierre. Consta de tres (3) partes o secciones: acta de instalación, acta de sufragio y acta de escrutinio.

Debe ser impresa teniendo en cuenta medidas de seguridad que dificulten o impidan su falsificación.

Comentario

El Acta Electoral es el documento oficial que registra todos los hechos y actos ocurridos en una Mesa de Sufragio desde su instalación hasta su cierre. Posee estructura tripartita (instalación, sufragio y escrutinio) y debe imprimirse con medidas de seguridad para prevenir falsificación.

Temas: acta electoral, mesa de sufragio, registro de votación, seguridad documental, escrutinio, falsificación de documentos electorales