Ley de Bases de la Descentralización
Artículo 2. Contenido
La presente Ley establece la finalidad, principios, objetivos y criterios generales del proceso de descentralización; regula la conformación de las regiones y municipalidades; fija las competencias de los tres niveles de gobierno y determina los bienes y recursos de los gobiernos regionales y locales; y, regula las relaciones de gobierno en sus distintos niveles.
Comentario
El artículo 2 define el alcance material de la Ley de Bases de la Descentralización, estableciendo que regula la finalidad, principios y objetivos del proceso descentralizador; la estructura de regiones y municipalidades; la distribución de competencias entre los tres niveles de gobierno; la asignación de bienes y recursos; y las relaciones intergubernamentales. Constituye la enumeración de materias sustantivas que la ley abarca.
Temas: descentralización, distribución de competencias, gobiernos locales, gobiernos regionales, estructura administrativa, relaciones intergubernamentales