Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros

Vigesima

En todos los casos previstos en la presente ley en los que corresponde emitir opinión al Banco Central, su opinión se entenderá favorable a la solicitud formulada, si en el término de treinta días no emite informe.

Comentario

La Disposición Final Vigesima establece una regla de silencio administrativo positivo respecto de las opiniones que debe emitir el Banco Central de Reserva conforme a la Ley General del Sistema Financiero. Si el Banco Central no emite informe dentro de treinta días, la opinión se considera automáticamente favorable a la solicitud planteada.

Temas: silencio administrativo positivo, opinión del banco central, sistema financiero, seguridad jurídica, plazo administrativo, presunción legal