Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros

Trigésima Quinta

Toda publicación a que haga referencia la presente Ley para diversas actuaciones administrativas o de la Administración se puede realizar por la vía electrónica o digital."

Comentario

La Disposición Final Trigésima Quinta autoriza que las publicaciones requeridas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros se realicen por medios electrónicos o digitales, en lugar de sólo mediante publicación en medios tradicionales. Esta disposición moderniza los requisitos de publicidad administrativa de los actos financieros y de seguros.

Temas: publicidad administrativa, medios electrónicos y digitales, requisitos de notificación, modernización normativa, actuaciones del sistema financiero