Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros

Artículo 92. NORMAS APLICABLES AL GERENTE Y OTROS EJECUTIVOS PRINCIPALES

Son aplicables a los gerentes y otros ejecutivos principales de las empresas en cuanto hubiere lugar, las disposiciones de los artículos 81, 82 y 87.

Comentario

El artículo 92 extiende a los gerentes y demás ejecutivos principales de entidades financieras y aseguradoras las obligaciones y responsabilidades establecidas en los artículos 81, 82 y 87, relativos a los directores. De esta forma, equipara el régimen de deberes de los órganos ejecutivos al de los órganos de gobierno, asegurando estándares uniformes de conducta fiduciaria.

Temas: gobierno corporativo, deberes de ejecutivos, responsabilidad de gerentes, sistema financiero peruano, extensión normativa