Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
Artículo 87. RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES
Los directores titulares y los suplentes a que se refiere el artículo 80, con la solidaridad que señala el artículo 172 de la Ley General de Sociedades, son especialmente responsables por:
1. Aprobar operaciones y adoptar acuerdos con infracción de las disposiciones de la Ley y, señaladamente, de las prohibiciones o de los límites establecidos en el Capítulo II del Título II de la Sección Segunda.
2. Omitir la adopción de las medidas necesarias para corregir las irregularidades en la gestión.
3. Incumplir las disposiciones emitidas por la Superintendencia, así como los pedidos de información que emanen de ese organismo o del Banco Central.
4. Dejar de proporcionar información a la Superintendencia, o suministrarla falsa, respecto de hechos u operaciones que pudieran afectar la estabilidad y solidez de la empresa de los sistemas financiero o de seguros.
5. Abstenerse de dar respuesta a las comunicaciones de la Superintendencia o del Banco Central que sean puestas en su conocimiento por mandato de la Ley o por indicación de dichos organismos.
6. Omitir la adopción de las medidas conducentes a garantizar la oportuna realización de las auditorías internas y externas.
Las infracciones anotadas serán sancionadas por la Superintendencia, de acuerdo a su gravedad, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que corresponda conforme a los artículos 173 y 174 de la Ley General de Sociedades y de las atribuciones que conforme a su Ley Orgánica corresponden al Banco Central.
Comentario
El artículo establece la responsabilidad solidaria de los directores (titulares y suplentes) de entidades del sistema financiero y de seguros por seis categorías de conductas que vulneran la normativa aplicable o incumplen obligaciones de supervisión y reporte. La Superintendencia sanciona estas infracciones sin perjuicio de acciones civiles, penales y de otras autoridades competentes.
Temas: responsabilidad de administradores, deberes de directores, solidaridad, supervisión financiera, obligaciones de información, infracciones administrativas