Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros

Artículo 180. AUDITORIA DE LAS EMPRESAS

Adicionalmente a las normas generales que regulan las auditorías, la Superintendencia establecerá requisitos y estándares de auditoría interna y externa para el caso de las empresas de los sistemas financiero y de seguros. Las empresas deberán someter la evaluación del cumplimiento de tales requisitos y estándares a los auditores externos, quienes deberán emitir su opinión al respecto en el dictamen a los estados financieros.

La omisión o el defectuoso cumplimiento por los auditores externos de lo dispuesto por el párrafo anterior, será sancionado por la Superintendencia con la exclusión del registro correspondiente.

Comentario

Establece que la Superintendencia fija requisitos y estándares específicos de auditoría interna y externa para empresas del sistema financiero y de seguros. Obliga a que los auditores externos evalúen el cumplimiento de tales estándares y emitan opinión en el dictamen de estados financieros, bajo sanción de exclusión del registro en caso de incumplimiento.

Temas: auditoría externa, auditoría interna, requisitos supervisores, estándares de auditoría, dictamen de estados financieros, sanciones administrativas