D ecreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones

Tercera. Tercera.- Criterios de priorización para el financiamiento con transferencias

Solo pueden recibir transferencias del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales cuyas inversiones cumplan con los criterios de priorización que aprueben los Sectores.

Comentario

La Disposición Complementaria Tercera establece que solo los Gobiernos Regionales y Locales cuyas inversiones se ajusten a criterios de priorización aprobados por los Sectores podrán acceder a transferencias financieras del Gobierno Nacional. La norma condiciona el acceso al financiamiento público al cumplimiento de estándares de selección sectorial.

Temas: transferencias intergubernamentales, criterios de priorización de inversión pública, condicionalidad presupuestal, competencias sectoriales, gobiernos subnacionales