Artículo 2. Ámbito de aplicación
El presente Decreto Legislativo y sus normas reglamentarias y complementarias son de aplicación obligatoria a las entidades del Sector Público No Financiero a que se refiere la Ley Nº 30099, Ley de Fortalecimiento de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal. Dichas entidades son agrupadas por sectores solo para efectos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y en el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales se agrupan según su nivel de gobierno respectivo, conforme lo establezca el Reglamento del presente Decreto Legislativo.
Comentario
Establece el ámbito de aplicación obligatoria del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones a las entidades del Sector Público No Financiero conforme a la Ley N° 30099. Define que tales entidades se organizan por sectores y niveles de gobierno únicamente para efectos del sistema, según lo determine su reglamento.
Temas: sector público no financiero, programación multianual de inversiones, ámbito de aplicación, gobiernos descentralizados, responsabilidad fiscal, agrupamiento sectorial