Ley de regulación de habilitaciones urbanas y de edificaciones

Quinta

Las municipalidades, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, contados desde la entrada en vigencia de la presente Ley, deberán actualizar su Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA.

Comentario

Norma de carácter transitorio que impone a las municipalidades la obligación de actualizar su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) dentro de cuarenta y cinco días desde la entrada en vigencia de la Ley N° 29090. Busca alinear los procedimientos municipales con los nuevos requisitos y trámites introducidos por la ley de habilitaciones urbanas y edificaciones.

Temas: texto único de procedimientos administrativos, obligaciones de municipalidades, plazo transitorio, alineación normativa, habilitaciones urbanas y edificaciones, procedimiento administrativo municipal