Régimen de Garantía Mobiliaria
Segunda. Modificación del inciso 6 del artículo 886 del Código Civil
Modifícase elinciso 6del artículo 886 del Código Civil, el cual queda redactado conforme al siguiente texto:
“Artículo 886.- Bienes muebles
Son muebles:
(.)
6.- Los derechos patrimoniales de autor, derechos de patente, nombres comerciales, marcas y otros derechos de propiedad intelectual.
(.)”.
Comentario
Modifica el artículo 886 del Código Civil para clasificar explícitamente los derechos de propiedad intelectual (derechos de autor, patentes, marcas, nombres comerciales y similares) como bienes muebles. Esta inclusión amplía el catálogo de bienes susceptibles de garantía mobiliaria conforme al Régimen de Garantía Mobiliaria.
Temas: bienes muebles incorpóreos, derechos de propiedad intelectual, garantía mobiliaria, colateral intangible, clasificación jurídica de bienes, derechos patrimoniales