Régimen de Garantía Mobiliaria

Segunda. Modificación del inciso 6 del artículo 886 del Código Civil

Modifícase elinciso 6del artículo 886 del Código Civil, el cual queda redactado conforme al siguiente texto:

“Artículo 886.- Bienes muebles

Son muebles:

(.)

6.- Los derechos patrimoniales de autor, derechos de patente, nombres comerciales, marcas y otros derechos de propiedad intelectual.

(.)”.

Comentario

Modifica el artículo 886 del Código Civil para clasificar explícitamente los derechos de propiedad intelectual (derechos de autor, patentes, marcas, nombres comerciales y similares) como bienes muebles. Esta inclusión amplía el catálogo de bienes susceptibles de garantía mobiliaria conforme al Régimen de Garantía Mobiliaria.

Temas: bienes muebles incorpóreos, derechos de propiedad intelectual, garantía mobiliaria, colateral intangible, clasificación jurídica de bienes, derechos patrimoniales