Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva (TUO)

Quinta

Suspensión del procedimiento coactivo.

En el procedimiento coactivo de los órganos de la Administración Tributaria distintos a los Gobiernos Locales, el Ejecutor procederá a la suspensión del procedimiento cuando dentro de un proceso de acción de amparo exista medida cautelar firme.

Comentario

La Disposición Complementaria Quinta regula la suspensión automática del procedimiento de cobranza coactiva por la Administración Tributaria (excepto gobiernos locales) cuando se dicte medida cautelar firme en un proceso de amparo. Busca armonizar la ejecución administrativa con la tutela constitucional de derechos fundamentales.

Temas: suspensión del procedimiento coactivo, medida cautelar, acción de amparo, administración tributaria, tutela constitucional, ejecución administrativa