Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva (TUO)
Artículo 25
Deuda exigible coactivamente.
25.1. Se considera deuda exigible:
a) La establecida mediante Resolución de Determinación o de Multa, emitida por la Entidad conforme a ley, debidamente notificada y no reclamada en el plazo de ley;
b) La establecida por resolución debidamente notificada y no apelada en el plazo de ley, o por Resolución del Tribunal Fiscal;
c) Aquella constituida por las cuotas de amortización de la deuda tributaria materia de aplazamiento y/o fraccionamiento pendientes de pago, cuando se incumplan las condiciones bajo las cuales se otorgó ese beneficio, siempre y cuando se haya cumplido con notificar al deudor la resolución que declara la pérdida del beneficio de fraccionamiento y no se hubiera interpuesto recurso impugnatorio dentro del plazo de ley; y,
d) La que conste en una Orden de Pago emitida conforme a Ley y debidamente notificada, de conformidad con las disposiciones de la materia previstas en el Texto Único Ordenado del Código Tributario.
25.2 La Administración Tributaria de los Gobiernos Locales únicamente emitirá Ordenes de Pago en los casos establecidos en los numerales 1 y 3 del Artículo 78 del Código Tributario. Para los demás supuestos deberá emitir Resoluciones de Determinación.
25.3. El Ejecutor tiene, asimismo, la facultad de ejecutar las garantías otorgadas a favor de la Entidad por los deudores tributarios y/o terceros, cuando corresponda, con arreglo al Procedimiento establecido por la ley de la materia.
25.4. También serán exigibles en el mismo Procedimiento las costas y los gastos en que la Entidad hubiera incurrido en la cobranza coactiva de las deudas tributarias.
Comentario
El artículo 25 define cuáles son las deudas tributarias que pueden ser objeto de cobranza coactiva por parte de los gobiernos locales, estableciendo las condiciones de procedibilidad (notificación, agotamiento de recursos impugnatorios) y ampliando la materia exigible a costas y gastos. Determina también la competencia del Ejecutor para ejecutar garantías y restringe la emisión de Órdenes de Pago a casos específicos del Código Tributario.
Temas: deuda tributaria exigible, cobranza coactiva, orden de pago, resolución de determinación, agotamiento de recursos impugnatorios, fraccionamiento y pérdida de beneficio