Gobierno dicta Ley que norma la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Artículo 61

El Gerente está obligado a presentar al Titular, dentro del plazo máximo de sesenta (60) días, contado a partir del cierre del ejercicio económico, el Balance General con la cuenta de resultados y la propuesta de distribución de beneficios.

El ejercicio económico coincide con el año calendario. Como excepción, el primer ejercicio se iniciará al momento de inscribirse la Empresa y terminará con el año calendario.

Comentario

El artículo 61 impone al Gerente la obligación de presentar al Titular, dentro de sesenta días posteriores al cierre del ejercicio económico, el balance general, la cuenta de resultados y la propuesta de distribución de beneficios. Establece además que el ejercicio económico coincide con el año calendario, salvo el primero que se inicia con la inscripción y termina el 31 de diciembre.

Temas: balance y distribución de beneficios, obligaciones del gerente, información financiera de la empresa, ejercicio económico, derechos del titular, presentación de estados contables