Gobierno dicta Ley que norma la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
Artículo 6
Cuando por derecho sucesorio varias personas adquiriesen en conjunto los derechos del Titular de una Empresa, se procederá en la forma dispuesta en el Capítulo IV de la presente Ley.
Comentario
El artículo regula el supuesto de transmisión de una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada por causa de muerte del titular, cuando la sucesión recae en múltiples herederos. Establece que en estos casos se seguirá el procedimiento especial previsto en el Capítulo IV de la Ley, evitando la disolución automática de la empresa y permitiendo su continuidad bajo régimen de copropiedad transitoria.
Temas: sucesión y transmisión mortis causa, copropiedad de derechos empresariales, continuidad de la empresa individual, procedimientos sucesorios especiales, titularidad múltiple transitoria, derechos hereditarios