Gobierno dicta Ley que norma la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Artículo 18

El patrimonio inicial de la Empresa se forma por los aportes de la persona natural que la constituye.

Comentario

El artículo 18 establece que el patrimonio inicial de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada se conforma exclusivamente mediante los aportes efectuados por su constituyente, quien es una persona natural. Esta disposición fija el origen y composición del capital social desde la constitución del ente empresarial.

Temas: patrimonio empresarial, aportes sociales, responsabilidad limitada, separación patrimonial, capital inicial, empresa individual