Gobierno dicta Ley que norma la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

Artículo 12

Las publicaciones ordenadas en esta Ley serán hechas en el periódico encargado de la inserción de los avisos judiciales del lugar del domicilio de la Empresa.

Tratándose de Empresas con domicilio en las Provincias de Lima y Callao, las publicaciones se harán en el Diario Oficial"El Peruano".

Comentario

El artículo 12 establece el régimen de publicidad de los actos de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL), determinando el medio de difusión según la ubicación del domicilio. Para domicilios en Lima y Callao, es obligatorio publicar en el Diario Oficial El Peruano; en otras provincias, en el periódico designado para avisos judiciales locales.

Temas: empresa individual de responsabilidad limitada, publicidad de actos societarios, medios de publicación legal, oponibilidad erga omnes, transparencia comercial, domicilio y competencia territorial