Gobierno dicta Ley que norma la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada
Artículo 10
La Empresa debe ser constituída en el Perú, y tener su domicilio en territorio peruano quedando sometida a la jurisdicción de los tribunales del Perú.
Es Juez competente para conocer de las acciones que se sigan contra una Empresa, el del domicilio inscrito en el Registro Mercantil.
Comentario
El artículo 10 del Decreto Ley 21621 establece que toda Empresa Individual de Responsabilidad Limitada debe constituirse en territorio peruano y mantener su domicilio en el país, quedando sujeta a la jurisdicción de los tribunales peruanos. Además, asigna competencia al juez del domicilio inscrito en el Registro Mercantil para conocer las acciones contra la empresa.
Temas: empresa individual de responsabilidad limitada, domicilio mercantil, competencia territorial, jurisdicción, registro mercantil, constitución de sociedades