Ley de Protección de Datos Personales

Artículo 34. Artículo 34. Registro Nacional de Protección de Datos Personales

Créase el Registro Nacional de Protección de Datos Personales como registro de carácter administrativo a cargo de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, con la finalidad de inscribir en forma diferenciada, a nivel nacional, lo siguiente:

1. Los bancos de datos personales de administración pública o privada, así como los datos relativos a estos que sean necesarios para el ejercicio de los derechos que corresponden a los titulares de datos personales, conforme a lo dispuesto en esta Ley y en su reglamento.

El ejercicio de esta función no posibilita el conocimiento del contenido de los bancos de datos personales por parte de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, salvo procedimiento administrativo en curso.

2. Las comunicaciones de flujo transfronterizo de datos personales.

3. Las sanciones, medidas cautelares o correctivas impuestas por la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales conforme a esta Ley y a su reglamento.

Cualquier persona puede consultar en el Registro Nacional de Protección de Datos Personales la existencia de bancos de datos personales, sus finalidades, así como la identidad y domicilio de sus titulares y, de ser el caso, de sus encargados

Comentario

El artículo 34 crea el Registro Nacional de Protección de Datos Personales como instrumento administrativo a cargo de la Autoridad Nacional, destinado a inscribir bancos de datos personales, transferencias transfronterizas de datos y sanciones. Establece un mecanismo de transparencia que permite a cualquier persona consultar la existencia de bases de datos y la identidad de sus titulares, sin acceso al contenido de las bases salvo en procedimiento administrativo.

Temas: registro administrativo de datos personales, transparencia en tratamiento de datos, confidencialidad de bases de datos, consulta pública de existencia de bancos, transferencias transfronterizas, sanciones en protección de datos